
El CBD en España
¿Qué es el CBD?
El cannabidiol (CBD) es un compuesto de la planta Cannabis sativa, pero no es psicoactivo, esto implica que no tiene los mismos efectos que un consumo de marihuana al uso.
A diferencia del THC (tetrahidrocannabinol), el CBD no provoca efectos como euforia o alteraciones sensoriales.
El cannabis es considerado un estupefaciente en virtud de los tratados de control internacionales, suscritos por España y por el resto de los Estados Miembros de la Unión Europea, estando incluido en la lista I del anexo de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes. Ello implica que su fabricación, exportación, importación, distribución, comercio, uso y posesión debe limitarse a fines médicos y científicos.
¿Cómo se obtiene el CBD?
El cannabidiol se obtiene principalmente del cáñamo industrial, que es la fuente más común de CBD debido a sus bajos niveles de THC y altos niveles de CBD. Para obtener el CBD del cáñamo, se utilizan técnicas de extracción, como la extracción con CO2 o la extracción con solventes, para separar el CBD de otros componentes de la planta. Luego, el CBD se puede incorporar en una variedad de productos, como aceites, cremas, cápsulas y más.
Propiedades terapéuticas
El CBD, puede aliviar el dolor y la inflamación, ayuda en el manejo del estrés y la ansiedad, mejora el sueño, entre otros beneficios.
¿EL CBD es legal en España?
Actualmente, en España solo se puede comercializar aquellos productos con CBD con niveles de THC inferiores al 0,3%.
En resumen, el CBD y el THC son dos cannabinoides que se encuentran en la planta del cannabis, pero tienen diferencias significativas en sus efectos y propiedades. Mientras que el THC es psicoactivo y puede causar efectos de euforia y alteración mental, el CBD no tiene efectos psicoactivos y se utiliza en una amplia gama de productos naturales con fines terapéuticos.
¿Por qué el CBD no está permitido en alimentos?
- La Agencia Española de Seguridad Alimentaria (AESAN) no lo reconoce como alimento seguro.
- En la Unión Europea, se considera «nuevo alimento» (novel food), lo que implica autorización previa para su venta.

Ninguna ley prohíbe específicamente la venta de CBD como alimento en la mayoría de países europeos. No obstante, en la Unión Europea, cualquier nuevo alimento para comercializar requiere el beneplácito de la EFSA (European Food Safety Authority).
Se considera como nuevo alimento a cualquier producto que no tenga un historial de consumo anterior a 1997. Los cannabinoides, según la apreciación de la EFSA, entrarían dentro del grupo de nuevos alimentos.
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, nombre que recibe en castellano este organismo, ha recibido varias solicitudes para la aprobación del CBD como nuevo alimento. Sin embargo, durante el verano de 2022 ha suspendido sus actividades en torno al tema, a la espera de nuevos datos.
Por tanto, en los estados miembros de la Unión Europea, comercializar CBD comestible no estaría permitido, ya que no ha sido aprobado como alimento o como suplemento alimenticio. Sin embargo, la decisión final queda en manos de cada país y hay algunos como Holanda donde sí se vende CBD comestible.
En muchos países que no pertenecen a la UE, como Suiza, Canadá o Estados Unidos, el CBD comestible sí está legalmente permitido.
Las semillas de cáñamo y los aceites de cáñamo (sin CBD ni THC), son considerados superalimentos por su alto contenido en proteínas, fibra y ácidos grasos esenciales y su venta esta autorizada en España.
El TJUE (C-663/18) dictaminó que el THC no es el único criterio para declarar una sustancia ilegal.
- La clave es su psicoactividad real.
- Algunos países han aumentado el límite al 1% de THC (Francia, Italia, República Checa).
Así, hasta que el CBD esté en la lista de la AESAN, es ilegal venderlo para consumo humano y, por lo tanto, está prohibido hasta que se le dé forma a su regulación.
En España y en la mayoría de los países se puede utilizar el cáñamo industrial de manera legal como un producto cosmético (con su regulación correspondiente de la Agencia del Medicamento) «solo para uso externo».
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